Dictan Medidas Precautelativas para el Parque Nacional Macarao (período 2016)
A solicitud del Ministerio Público fueron acordadas medidas de protección a favor del embalse de Agua Fría, ubicado en el estado Miranda, y otras áreas del Parque Nacional Macarao, a fin de evitar daños ambientales producto de los incendios forestales y del aumento de la caducifolia (caída de hojas) en las plantas, lo que genera mayor combustible vegetal.
Tal pedimento fue formulado por la fiscal 89ª
nacional de Defensa Integral, Dalia Puglia, quien fundamentó su
petición conforme con lo establecido en el artículo 8 de la Ley Penal
del Ambiente.
En ese sentido, el Tribunal 5° de Control de Miranda
acordó la inspección permanente y la vigilancia de los espacios del
citado embalse y el parque nacional por parte de los efectivos del
Comando de Zona N° 44 de la Guardia Nacional Bolivariana, así como a los
funcionarios del Instituto Nacional de Parques (Inparques).
Por
tal motivo, está prohibido durante el período de sequía (enero a junio)
el ingreso de vehículos y motocicletas al embalse de Agua Fría,
especialmente por la entrada de Las Eneas, La Rasante, Topo de Sabanetón
y el acceso por el muelle flotante.
Asimismo, los efectivos
castrenses en conjunto con funcionarios de Inparques podrán revisar los
bolsos, morrales, koalas, entre otros objetos en los que se puedan
llevar sustancias inflamables o acelerantes, de las personas que
ingresen a los referidos espacios.
También está prohibida la pernocta dentro de los linderos del parque nacional y áreas del embalse, durante el referido lapso.
Igualmente,
se solicitó establecer puntos de control y observación para la
detección temprana de incendios en la vegetación, así como la
simplificación de los protocolos de vuelos por parte de la Fuerza Armada
Nacional Bolivariana, a fin de que puedan prestar, de forma inmediata,
el uso de las aeronaves para las operaciones de mitigación y extinción
de incendios.
Adicionalmente, en las medidas solicitadas por el
Ministerio Público, se insta a instituciones públicas, organizaciones no
gubernamentales, entre otras, a fortalecer los programas de prevención
de incendios de vegetación, dotando con equipos y personal adiestrado en
estas tareas, además de la tramitación y gestión de recursos para
labores de vigilancia en esta materia, por parte de las alcaldías
competentes.
En ese sentido, el Ministerio del Poder Popular para
Ecosocialismo y Aguas está encargado de difundir el decreto de las
referidas medidas precautelativas y a su vez debe ejecutar programas de
saneamiento y de recuperación en las áreas afectadas, en particular por
parte de la Misión Árbol.
Por último, las medidas incluyen
notificar a la Corporación Eléctrica Nacional que están obligados a
limpiar debajo de las torres de los tendidos eléctricos hasta un radio
de 12 metros de diámetro.
Vale señalar que las medidas anteriormente descritas no serán aplicables a las personas que habitan dentro del Parque Nacional.
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