Abuso de Poder y Violación de Derechos Humanos en Barinas

En Barinas, en la "Tierra de Mujeres y Hombres Libres", como reza una valla a la entrada de ese Estado, el día de ayer lunes 02 de mayo, el joven Lorent Saleh resultó salvajemente golpeado por funcionarios de la Policía de ese Estado. Independientemente de las razones por las cuales se hallaba protestando a las afueras del circuito judicial de Barinas, el uso de la fuerza desmedida y desproporcionada por parte de efectivos policiales es un delito penado por las leyes venezolanas e Internacionales. La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela reza lo siguiente (Los resaltados son míos):

Artículo 2.
Foto: El Nacional
“Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.”

Artículo 19.
“El Estado garantizará a toda persona, conforme al principio de progresividad y sin discriminación alguna, el goce y ejercicio irrenunciable, indivisible e interdependiente de los derechos humanos. Su respeto y garantía son obligatorios para los órganos del Poder Público, de conformidad con esta Constitución, con los tratados sobre derechos humanos suscritos y ratificados por la República y con las leyes que los desarrollen.”

Foto: Twitter de Lorent Saleh
Artículo 29.
El Estado estará obligado a investigar y sancionar legalmente los delitos contra los derechos humanos cometidos por sus autoridades.
Las acciones para sancionar los delitos de lesa humanidad, violaciones graves de los derechos humanos y los crímenes de guerra son imprescriptibles. Las violaciones de derechos humanos y los delitos de lesa humanidad serán investigados y juzgados por los tribunales ordinarios. Dichos delitos quedan excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía.”

Artículo 53.
Toda persona tiene el derecho de reunirse, pública o privadamente, sin permiso previo, con fines lícitos y sin armas. Las reuniones en lugares públicos se regirán por la ley.”

Artículo 68.
“Los ciudadanos y ciudadanas tienen derecho a manifestar, pacíficamente y sin armas, sin otros requisitos que los que establezca la ley.
Se prohíbe el uso de armas de fuego y sustancias tóxicas en el control de manifestaciones pacíficas. La ley regulará la actuación de los cuerpos policiales y de seguridad en el control del orden público.”

Foto: Twitter de Lorent Saleh
Luego de su detención, tanto el joven como su madre fueron acusados de Resistencia a la autoridad, lesiones tipo básicas y ultraje violento contra funcionario público (leer este artículo de prensa). Las imágenes que le han dado la vuelta al país, muestran un uso excesivo de la fuerza por parte de los funcionarios policiales. Como Venezolano, como miembro de Amnistía Internacional capítulo Venezuela, no puedo dejar de denunciar estos hechos, independientemente de la inclinación política de los involucrados.

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